IV Congreso Iberoamericano sobre el síndrome de Down

Salamanca (España) 16, 17 y 18 de Marzo de 2016

La Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad: hacia un sistema de apoyos en el ejercicio de la capacidad (art. 12)

Presentado por
Almudena Castro-Girona Martínez

Autores

  • Almudena Castro-Girona Martínez  (Fundación AEQUITAS del Consejo General del Notariado de España)

Resumen
La puerta de acceso al ejercicio de los derechos por parte de las personas con discapacidad es el artículo 12 de la Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. Es la piedra angular de la misma, junto al artículo 13 relativo al acceso a la Justicia. Es imprescindible que las medidas de apoyo permitan la autonomía de la voluntad de las personas con discapacidad con la necesaria seguridad jurídica para así evitar el efecto perverso de dejarles, caso de no estar dotados de seguridad jurídica, fuera de la vida económica. El artículo 12 no limita la capacidad, sino todo lo contrario: consagra la capacidad jurídica de todas las personas con discapacidad y consagra el derecho a los apoyos en el ejercicio de la misma.